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Migración

Entran en vigor las leyes migratorias: desaparece el límite de 24 meses fuera de Cuba

Desde el 1 de noviembre rigen las leyes 171 (Migración), 172 (Ciudadanía) y 173 (Extranjería), publicadas el 5 de mayo. Eliminan el límite de 24 meses fuera de Cuba y crean la "residencia efectiva", pero mantienen las facultades del Estado para impedir la salida y limitar la entrada, y la "ciudadanía efectiva".

8 medios independientes

Dos pasaportes cubanos. (Foto: OnCuba News)
Dos pasaportes cubanos. (Foto: OnCuba News)

Desde este domingo 1 de noviembre rigen en Cuba las leyes 171 de Migración, 172 de Ciudadanía y 173 de Extranjería, con sus reglamentos, publicados en la Gaceta Oficial Ordinaria n.º 39 del 5 de mayo de 2026. La Asamblea Nacional las aprobó el 19 de julio de 2024.

La novedad central es el fin de la regla de 2013 que convertía en "emigrado" a quien pasara más de 24 meses fuera, un límite congelado desde la pandemia, según OnCuba. La Ley 171 la sustituye por la "residencia efectiva migratoria". Según el reglamento (Decreto 136/2025), la DIMEC, del Ministerio del Interior, la reconoce de oficio a quien acumule más de 180 días en Cuba en el año anterior; quien tenga más de 120 días puede pedirla si acredita varios vínculos combinados (familia directa, empleo, vivienda, cuentas bancarias, impuestos al día). Los cubanos quedan en dos categorías: residentes en el territorio nacional y residentes en el exterior. Los actuales emigrados conservan su condición; para pasar a residentes en el exterior deben pedirlo por escrito en el consulado, con antecedentes penales y constancia de su salida de Cuba, y la autoridad tiene 90 días hábiles para responder.

Lo que reportan los medios independientes

Según OnCuba, la Ley 172 es la primera ley de ciudadanía del país. Adquirir otra nacionalidad no hace perder la cubana, pero rige la "ciudadanía efectiva": en Cuba solo cuenta la cubana y hay que entrar y salir con pasaporte cubano. Periódico Cubano y Asere Noticias detallan las multas: de 300 a 500 cuotas por entrar o salir con otra ciudadanía y de 500 a 1.000 por usarla en actos con efectos jurídicos en el país, con cuotas de 100 a 200 pesos (hasta 200.000 pesos). El importe depende del número de cuotas que fije la autoridad, según Periódico Cubano.

La renuncia a la ciudadanía tendrá por primera vez un procedimiento: hay que ser mayor de 18 años, tener otra ciudadanía y estar fuera de Cuba, y solo surte efecto cuando la autoridad la acepta (artículos 46 a 50).

Los críticos señalan lo que no cambia. Según OnCuba, el artículo 97 de la Ley 171 enumera once supuestos para impedir la salida, entre ellos "razones de defensa y seguridad nacional" y "otras razones de interés público", y el artículo 98 permite limitar "excepcionalmente" la entrada de cubanos. El artículo 55 de la Ley 172 permite al presidente privar de la ciudadanía a quien realice desde el extranjero actos "contrarios a los altos intereses políticos, económicos y sociales" del país, y prescindir de requisitos ante un "grave perjuicio" a la seguridad nacional.

Martí Noticias afirma que las normas no atienden el reclamo de los emigrados de que se reconozca su otra ciudadanía en la isla. Cubalex sostiene, en un análisis del 18 de mayo, que la privación de ciudadanía convierte la nacionalidad en una herramienta de castigo político contra el exilio y puede dejar a personas en riesgo de apatridia. También critica que "arraigo" no esté definido, que decida el Ministerio del Interior y que la nueva Policía de Migración carezca, según la organización, de control judicial independiente.

Lo que dice el gobierno

Según Prensa Latina, que presentó las leyes el 5 de mayo, el primer coronel Mario Méndez, jefe de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior, explicó que la "residencia efectiva" reconoce como residentes a quienes pasen 180 días o más al año en Cuba y que eliminar el límite de 24 meses ayudará a reducir las cifras de migrantes. Añadió que los cubanos en el exterior conservan sus derechos de propiedad, conforme al artículo 58 de la Constitución, y que deben usar la ciudadanía cubana para entrar, permanecer, transitar y salir. Según OnCuba, la Cancillería reunió los textos en su portal "Nación y Emigración". En mayo, Prensa Latina citó a Méndez diciendo que la Ley 172 entraba en vigor de inmediato y las leyes 171 y 173 a los 180 días; OnCuba, Martí Noticias y Cibercuba sitúan hoy la entrada en vigor de las tres.

Contexto

Según la ONEI, Cuba tenía 9.434.593 habitantes al cierre de 2025, 313.414 menos que un año antes, con un saldo migratorio de menos 245.264 personas. Según Human Rights Watch (Informe Mundial 2024) y la CIDH (informe anual 2025), el gobierno ha impedido viajar o regresar a críticos y periodistas con las facultades que ya daba la reforma de 2013.